FJ presente recurso de Revision vs Aumento en Cabildo

Recurso contra alza en micros Por Nicté Madrigal / EL VIGÍA 2009-03-11 00:00:00Ensenada, B. C. - Un recurso de revisión, en contra de la resolución administrativa contenida en el Dictamen 03/2009, relativo a la aprobación de un ajuste de 6.50 a 8.00 pesos a la tarifa del transporte público de pasajeros, fue presentada ante el Ayuntamiento de Ensenada. Este miércoles, Abel Rubio Domínguez, apoyado por cuatro agrupaciones ciudadanas, acudió al Palacio Municipal para entregar el documento, en su calidad de usuario afectado por la resolución de la madrugada del 24 de febrero. El también dirigente de la agrupación Fuerza Joven, indicó que la determinación de interponer el recurso legal obedece, principalmente, a que las autoridades municipales le negaron el derecho de audiencia. Indicó que entregó el último documento pidiendo ser escuchado en torno al tema, el 16 de febrero, sin obtener respuesta ni de parte de funcionarios, ni de algunos regidores. Los reglamentos municipales y estatales en la materia, dijo, son muy claros al señalar que antes de tomar una decisión, debían haber escuchado a las partes afectadas, cosa que no ocurrió. Abel Rubio especificó que el objetivo, al interponer este recurso, es primero se les dé el derecho de audiencia y que se revise, de manera técnica y no partidista, la propuesta de incremento a las tarifas del transporte público de pasajeros. Explicó que si se admite el documento, lo que sigue es que le den audiencia, se suba a Cabildo y si procede, se efectúe la revisión que se solicita. El representante de Fuerza Joven puntualizó que el alza a las tarifas aún no está vigente, dado que no ha sido publicado en el Periódico Oficial del Estado de Baja California; si en incremento se hiciera efectivo, sería totalmente ilegal, agregó. A continuación algunos fragmentos del documento entregado en la oficina del Presidente Municipal, así como a cada uno de los regidores Fundamentos Fundamento en los artículos 45 de la Ley del Régimen Municipal Artículos 44, 45, 46 y 48 de la Ley General de Transporte Público del Estado de Baja California Artículo 139 del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, El Recurso de Revisión en contra de la Resolución Administrativa contenida en el Dictamen No. 03/2009, de fecha 24 de febrero de 2009, relativo a la aprobación de un ajuste a la Tarifa Vigente del Transporte Urbano, Suburbano y de Alquiler de Ruta, y publicado en el periódico “El Vigía” el día 28 de febrero de 2009. Agravios I.- Órgano Administrativo Responsable.- H. Comisión de Seguridad, Transito y Transporte; H. Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal; H. Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología; H. Comisión de Plantación y Desarrollo Económico y H. Cabildo de Ensenada, B.C. IV.- Agravios.- La Resolución que se recurre me ocasiona diversos agravios respecto a las disposiciones normativas relacionadas con los artículos 2 de la Ley del Régimen Municipal; 37 y 38 de la Ley General de Transporte Público del Estado de Baja California; y 133 del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, de acuerdo con el siguiente concepto: Único: Resolución infundada al apartarse de las formalidades esenciales que rigen el procedimiento, por lo que respecta a la garantía especifica de audiencia para producirme conforme a mis intereses en el aumento de tarifa al transporte público municipal. Es causa de agravio para el suscrito, el hecho de que, sin haber sido escuchado previamente, ni haber tenido oportunidad de esgrimir argumentación alguna respecto a las consecuencias y el impacto que me representa el aumento desproporcional a la tarifa del transporte público, éste se haya aprobado autoritariamente, no obstante que en tiempo y forma solicité audiencia para producirme sobre el particular. Por lo anteriormente expuesto y fundado a esa autoridad a su digno cargo, atentamente solicito: Primero.- Tener por presentado en tiempo y forma el Recurso de Revisión, en contra de la resolución previamente identificada por los agravios que causa, reproducidos en este instrumento. Segundo.- Proceder a substanciar el presente recurso de acuerdo a las normas que rigen el procedimiento. Tercero.- Agotado que sea por todos sus trámites el negocio que nos ocupa, modificar la resolución que se recurre a fin de que se otorgue al suscrito la audiencia solicitada. Cuarto.- Otorgar la medida de suspensión en los términos solicitados. Quinto.- Suplir las ausencias en la deficiencia de la queja.